1. Los baneos permanentes no tienen fecha de expiración, siendo una apelación que haya sido aceptada la única forma de anularlos.
2. El incumplimiento deliberado y repetitivo de una regla cuya sanción sea una simple advertencia, tendrá como nueva sanción un baneo permanente.
2. El incumplimiento deliberado y repetitivo de una regla cuya sanción sea una simple advertencia, tendrá como nueva sanción un baneo permanente.